Es posible trasladarse en vehículo con causa justificada (trabajo, salud…) de manera INDIVIDUAL, permitiendo ser ocupado por más de una persona en caso de acompañar a menores, mayores, discapacitados, dependientes o causa justificada (BOE de 18 de marzo)
Las medidas establecidas por el Estado de Alarma son de OBLIGADO CUMPLIMIENTO. La desobediencia parte de sanciones de 100 a 30.000€, pudiendo llegar a constituir un ilícito penal.